este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela se declara INADMISIBLE el amparo constitucional incoado por NERZA MARISOL MUJICA GONZALEZ, GYANFRANCO JESUS CORREA MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad número V.-10.186.228 y V.-24.465.086, respectivamente, contra SANDRA VILLANUEVA TORRES, LUIS EDUARDO CABEZAS, venezolana la primera de las mencionadas, extranjero el segundo; titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-21.534.479 y V.-23.949.649, respectivamente.