Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 03 de abril de dios mil catorce (2014), la cual queda modificada en los términos del presente fallo. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por, RAYMAR DEL CARMEN TORO VALLES, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11.922.792, contra las entidades de trabajo, GVS CONSULTORES GERENCIALES, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 05 de enero de 2005, bajo el N° 16, tomo 1023-A; A & VL ASESORES GER.....