Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16 de junio de 2008, por el abogado WILLIAM WILLIAMS TRUJILLO, en su carácter para entonces de apoderado judicial de la sociedad mercantil VENTAGE BIENES RAICES, C.A., parte actora, contra la sentencia de fecha 20 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia apelada; y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL incoara la sociedad mercantil VENTAGE BIENES RAICES, C.A., contra la .....