Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, por interposición de la querella funcionarial incoada por el ciudadano DANIEL RICARDO PEREZ GIL, titular de la cedula Nro.V-13.872.042, debidamente asistido por la abogada CARMEN TERESA ACOSTA, e inscrita en el inpreabogado bajo el Nro.31.577, contra el CONSEJO DISCIPLINARIO DE LA REGION CENTRAL DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICA (C.I.C.P.C).