en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoada por la ciudadana: MARIA SOLEDAD MARQUEZ MONTES, en contra de la ciudadana: ISORAT MARITZA SEQUERA, (ampliamente identificadas en el fallo). En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
Yo, MARIA SERGIA SUAREZ DE RODRIGUEZ, hábil, venezolana. Titular de la cédula de identidad Nro. V-3.321.615, de este domicilio, por medio del presente documenta DECLARO: Que doy en venta pura y simple, perfecta e irrevocable al ciudadana MARIA SOLEDAD MARQUEZ MONTES hábil, Venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V. 15.997.060 y de este domicilio, un inmueble constituido por unas bienhechurías de mi propiedad situadas en la calle 41 entre carreras 29 y 30 de la ciudad de Barquisimeto, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, las c.....