Por lo antes expuesto, el Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley DECLARA EXTINGUIDA la Obligación Alimentaria que pesa contra el Ciudadano: JOSE MANUEL RUIZ FIGUEREDO, titular de la Cédula de Identidad No. 7.184.239, a favor de sus hijos OMITE, y así se decide. Archívese el presente expediente. Cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. SALIM RICHANI GUTIERREZ
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. ANNABELLA GARCIA QUINTANA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se publicó siendo las ONCE (11:00) a.m., y se archivó el expediente constante de SESENTA Y CUATRO (64) folio útiles.
LA SECRETARIA TITULAR,
Exp.92-56
SRG/ACGQ/Sol.