Establecido lo anterior, éste Tribunal observa que la parte actora, en su libelo de demanda, se fundamenta en un contrato de arrendamiento verbal a tiempo determinado, por medio del cual demanda al ciudadano ANGEL RAMON REYES, por resolución de contrato de arrendamiento; y siendo que ésta no es la vía idónea para intentar la presente acción; es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda intentada por el ciudadano ARCADIO DE JESUS CAMACARO.-----------------------------------------