En razón de los anteriores señalamientos éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Constitución Nacional y la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante abogado JOSÉ GREGORIO OCANTO CARRÁSCO contra el cómputo de secretaría de fecha 12 de abril de 2002 efectuado por el JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMÉNEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA y como consecuencia de ello se declara firme la actuación apelada y se ordena la inmediata remisión del presente asunto al aquó a los fines legales consiguientes. Désele salida en el sistema y los libros respectivos. Remítase con oficio.