De la revisión minuciosa que conforman las actas procesales de la presente solicitud, se evidencia que no consta en autos las resultas de la prueba de informes solicitada mediante oficio Nº 262-12 de fecha 16-07-2012 al COMANDANTE DE LA TERCERA COMPAÑÍA DEL DESTACAMENTO Nº 41 DE LA GUARDIA NACIONAL, con sede en la ciudad de Araure estado Portuguesa, con el objeto de que remitiera a este Tribunal COPIA FOTOSTÁTICA CERTIFICADA DE OFICIO ORT-PO-CG-179-2012, DE FECHA 05-06-2012, FIRMADO POR EL COORDINADOR GENERAL DE LA ORT- PORTUGUESA, ECON. AGRI. VÍCTOR PIEDRA. Este Juzgado observa: Que ha transcurrido un tiempo prudencial desde el día 21-06-2012 hasta la presente fecha, para la consignación de las resultas de la referida prueba, en consecuencia, se declara DESISTIDA la misma.
Se ordena la notificación de la presente la decisión al solicitante y de los terceros opositores.
Se advierte al solicitante y a los terceros opositores que una vez conste en autos la última de las notificaciones.....