DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribual de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA CESACIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor del joven (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la extinción de la responsabilidad penal, por cumplimiento de la medida sancionatoria, como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, DETENCION DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, ROBO AGRAVADO, SECUESTRO BREVE AGRAVADO Y DETENCION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículo 218, 277 del Código Penal en concordancia con el articulo 9 sobre la Ley Sobre Armas y Explosivos, 458 del Código Penal y articulo 10 numeral 16 de la Ley Contra El Secuestro y Extorsión, Líbrese boleta de libertad plena en cuanto a este asunto. Quedando detenido en el asunto KP01-D-13 94 a la orden del Trib.....