En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado tan solo deja constancia de la cantidad recibida por el extrabajador (oferida) de Bs. 300.000,00 en cheques N° 69003092, 84003090 y 07003091, por las cantidades de Bs. 150.000,00, 110.000,00n y 40.000,00, respectivamente, de fechas 07-08-15, de la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento BOD (se anexaron copia de los cheques) hecha por la empresa (oferente). Se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión a la unidad respectiva. Quedan a salvo favor del extrabajador cualquier diferencia que considere que existan por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Así mismo, la empresa oferente podrá oponer e imputar a la oferida el presente pago, cuando lo considere oportuno. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez