Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella interpuesta por el abogado Exsser Federico José Peña Olivo, actuando como apoderado judicial del ciudadano EDGAR ELEAZAR SANTOS PÉREZ, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO VARGAS.