se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 1 de julio de 2013, por el ciudadano Pedro Antonio Castillo Gozaine, asistido de abogado, contra la decisión dictada en fecha 20 de junio de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró la INADMISIBILIDAD de la querella interdictal de restitución por despojo incoada por el ciudadano Pedro Antonio Castillo Gozaine, contra el ciudadano Billy Alberto Pimentel Coello. Quedó asi CONFIRMADA la decisión apelada. Se condenó en costas al apelante.