En virtud de lo precedentemente expuesto, Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana GENESIS YORLEN MUJICA CAMPOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad Nº 21.029.513, y la sociedad mercantil "ADMINISTRADORA J 40" C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMÉNEZ
LA SECRETARIA
ABOG. ANMERIELLY HENRÍQUEZ
LA PARTE ACTORA Y SU APODERADO
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA
Exp. GP02-L-2016-000362