Se declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS, el Amparo interpuesto por los Abogados VICTOR MANUEL RIVAS ORTEGA, HÉCTOR MIGUEL TORRES ORTÍZ y BERNARDO ALVAREZ CASTILLO, actuando en favor de los Ciudadanos MIGUEL JUAN MARTÍNEZ, OSCAR ERNESTO DÍAZ MONTAÑEZ, EDGAR DARÍO ZAMBRANA DELGADO, JOSÉ ALBERTO VALENCIA SÁNCHEZ y PEDRO VALLEJOS, por los motivos ya señalados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 numeral 1° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide. Déjese copia, Notifíquese a las partes. Remítase la causa en su oportunidad a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en virtud de la consulta de Ley y debidamente acompañada con las copias certificadas del acta y del auto motivado de la Audiencia Especial de Presentación de Imputados celebrada en la causa GP01-S-2004-006356. Cúmplase.