Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana MARIA MERCEDES MENDOZA en contra del ciudadano ARNOLDO LUIS LARA MENDOZA, antes identificados. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada hacer entrega del inmueble, consistente en un lote de terreno propio de ciento treinta hectáreas (130 Has) denominado "La Providencia" en el cual se encuentra una casa construida de paredes de adobes, techos de zinc, piso de ladrillo y cemento y piedra, con una siembra de café frutal criollo de quince hectáreas (15 Has), cuatro hectáreas (4 Has) sembradas de cambures, tres hectáreas ( 3 Has) de frutales diversos, y ocho hectáreas (8 Has) para labores agrícolas, debidamente cercada con alambre de púas y estantillos de madera, alinderado de.....