Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declara: CON LUGAR la presente demanda por Daños Materiales ocasionados por accidente de tránsito y Ordena a los ciudadanos PEDRO ANTONIO COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad N° 10.123.698 conductor y JOSE CLEMENTE, titular de la Cédula de identidad N° 13.990.014, propietario del Vehículo, a cancelar la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,oo) más el ajuste por inflación a calcular; de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales calculadas prudencialmente en la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000,oo).
Notifique a las partes por haber salido fuera de lapso de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Municipio Morán del Estado Lara, en El Tocuyo a los DIECISIETE (17) días.....