Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Otorgar al imputado MANUEL FRANCISCO GIL, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.176.317, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, lo cual es presentación cada ocho (08) días ante el Tribunal conforme a lo indicado en el articulo 256 ordinal 3º de la Norma Adjetiva.