Por las razones expuestas, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; decide en los términos siguientes: PRIMERO: SE CONDENA a los ciudadanos EDGAR ALEXANDER URRIOLA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 14.639.963, y ÁLVARO ANTONIO MELÉNDEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.848.907, por el delito de ROBO AGRAVADO, en grado de frustración, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, en relación con el segundo aparte del artículo 80 ejusdem, a cumplir la PENA DE CINCO (5) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, ello de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, continuando recluidos en el Centro Penitenci.....