Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la abogada Maria García Sanz, en su carácter de apoderada judicial de la parte querellada, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de febrero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida que declaró con lugar la querella interdictal restitutoria incoada por la sociedad de comercio Inversiones y Valores, C.A., en contra de la sociedad de comercio Refinadora de Maíz Venezolana, C.A. (Remavenca), y la extinción de la hipoteca constituida en fecha 22 de .....