Es por las anteriores consideraciones, que este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda por DISOLUCIÓN DE SINDICATO interpuesta por el SINDICATO DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DEL VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A. BANCO UNIVERSAL (SINUTRABOLVEN), mediante su representante judicial Abg. JOSÉ ANDRÉS RASEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.14.431, en contra deL SINDICATO SOCIALISTA DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DEL BANCO VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A., en consecuencia declina la competencia para conocer del asunto, al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para lo cual se ordena remitir con oficio las actuaciones en el contenida, a la UNIDAD DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS (URDD), a los fines de su distribución. Publíquese y regístrese la presente decisión, g.....