DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto el 1 de octubre de 2015, por el profesional del derecho LUIS MONZON ZURITA, en su carácter de defensor privado del ciudadano RUBEN ALONSO MENDOZA, en contra de la decisión dictada el 25 de septiembre de 2015, por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual "...TERCERO: Se decreta en contra de los ciudadanos (...) y RUBEN ALONSO MENDOZA, Medida Judicial Privativa Preventiva De Libertad, prevista en los artículos 236 numerales 1º (sic), 2º (sic) y 3º (sic), 237 ordinales (sic) 2º (sic) y 3º (sic) y parágrafo primero y 238 numeral 2 todos del Códig.....