Se dictó auto para mejor proveer, a los fines de solicitar al abogado César Augusto Mossi Aparicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 22.600 a consignar poder que lo faculte para desistir del presente procedimiento; la referida documentación deberá ser consignada dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la notificación del presente auto, toda vez que se evidencia en el folio 16 del presente expediente que el abogado César Augusto Mossi Aparicio, se encuentra domiciliado en la ciudad de Caracas. Asimismo, cumplido dicho lapso y en el caso de que alguna de las partes consigne la información solicitada, su contraparte podrá, de considerarlo pertinente, impugnar tal información dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos la prenombrada información; para lo cual, se abrirá al día siguiente de la posible impugnación, la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil.