Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoara la sociedad mercantil INVERSIONES TREINTA Y TRES, C.A., contra la sociedad mercantil PROMOTORA D`ELLAS, S.A.,  ampliamente identificadas al inicio de esta decisión, DECLARA:  Se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la demanda, del auto que la admite así como de la presente decisión al Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, a fin que en el documento protocolizado en fecha 19 de agosto de 1980, bajo el Nº 07, Tomo 22, Protocolo Primero, proceda a realizar la anotación o inscripción de la misma, y así dejar constancia expresa de la existencia de este proceso judicial. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Registro Público y del Not.....