D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos ABGS. LAURA FRANCO RAMÍREZ, OMAR ANTONIO RAMÍREZ V., y AMADO ANTONIO MOLINA YEPEZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano GABRIEL ALEXANDER INCIARTE FUENTES, en contra de la sentencia publicada en fecha 30 de Octubre de 2007, por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 435, 436, 451, 453 y 455 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena fijar la celebración del Acto de la Audiencia Oral para Oír a las Partes, pautada en el articulo 456 Ejusdem, para e.....