IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Se concede EFICACIA EN SU TOTALIDAD Y FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de fecha 23.10.2008, emanada del Juzgado de Primera Instancia N° 51 de Barcelona, Reino de España, mediante la cual declaró la disolución del matrimonio celebrado 09.04.2001 entre los ciudadanos HARIS ALBERTO AMIEL HEVIA y SAZANNE DESIREE GARCIA ALBERT, por ante el Jefe Civil de la Parroquia El Cafetal del Municipio Baruta, Estado Miranda (acta 48, folio 48, tomo 1) , ambos identificados en autos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Trá.....