D E C I S I Ó N
Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela: ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO: 1.-) MARCA: MACK, MODELO: R611SXV, TIPO: CHUTO, COLOR: AMARILLO, CLASE: CAMION, PLACAS 45TMBE. 2.-) MARCA: ORINOCO, MODELO AB50XB, TIPO: VOLTEO, COLOR: AMARILLO, CLASE: REMOLQUE, PLACA: 81TMBE, según Certificados de Registros Nº 25461712 (R611SXV28065-3-2) y 27020444 (OC1359-2-1), a los mencionados ciudadanos MARCO LACAVA BRUZZESE y/o MARIA AUXILIADORA LUCENA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 7.174.791 y V- 10.247.165 respectivamente, condicionada dicha entrega de la siguiente manera: PRIMERO: Se entrega en calidad de Deposito, SEGUNDO: No puede el Depositario efectuar ningún acto de comercio con el referido bien mueble y deberá presentarlo por ante este Tribunal y la Fiscaliza .....