DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE conforme al artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO RUIZ MAJANO, Defensor Público Penal Nonagésimo Sexto (96°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación del ciudadano EDINSON NORIEGA, en contra de la decisión de fecha 11 de Noviembre de 2015, dictada por el Juzgado Trigésimo Tercero (33º) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual "DECRETA la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a el ciudadano EDINSON NORIEGA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-24.279.712, plenamente identificado.....