Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, del recurso contencioso tributario en 18 de octubre de 2013, por los abogados Yusuliman Vindigni H, Manuel salas Aranguren y Neykin Guerrero, venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.12.991.412, 11.461.531 y 20.364.059 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 87.266, 67.084 y 195.102, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente BY PRINT DE VENEZUELA, C.A., contra la Resolución Culminatoria del Sumario Nº 000028, de fecha 19 de febrero de 2013, emanada de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria del Municipio Bolivariano Libertador, quedando la contribuyente obligada a pagar la cantidad total de CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 4.966,50), por concepto de multa, en consecuencia se declara term.....