Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; En ejecución de sentencia, ordena que el joven sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.617.309, nacido en fecha 21-02-1985, de 19 años de edad, hijo de Héctor Sánchez y Magali García, residenciado en el Barrio 19 de Abril, Sector II, Calle Principal de esta ciudad de Guanare, Estado Portuguesa; a cumplir la sanción de Semi-Libertad, establecida en el artículo 627 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para lo cual ingresará al Centro de Diagnostico y Tratamiento Varones, el día 17 de Enero de 2005 a las 8:00 de la noche, donde permanecerá los días Domingos y días libres o Feriados, así como por las noches y para ir a su jornada laboral saldrá todos los días de Lunes a Sábad.....