este tribunal primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y último aparte del 43 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se impone al acusado CHARLE JOSÉ VELASCO, venezolano, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.419.162, de estado civil soltero, de profesión u oficio pesca y carpintería, nacido en fecha 05/01/1970, hijo de Freddy Malave y Clemencia Antonia Buria, domiciliado en vallecito, casa S/Nº, Municipio Raúl Leoni del Estado Sucre; por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO EN RELACIÓN CON EL DELITO DE DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en relación con el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perju.....