D I S P O S I T I V A
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en la sentencia 875 del fecha 26/06/2012 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y el artículo 479, 500 numeral 2º y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO LA FÓRMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA, de REGIMEN ABIERTO, al penado LUIS ALBERTO MORANTES LOPEZ, por cuanto no cumple con los requisitos exigidos, y se le impone las siguientes condiciones: 1.- Debe recibir orientación psicológica en intramuros para desarrollar un proyecto de vida acorde a sus necesidades. Líbrese los oficios a los fines de informar al Director del Internado Judicial de San Felipe, Estado Yaracuy; y a la Dirección General de Regiones de Establecimientos del Sistema Penitenciario, del Ministerio del Poder Pop.....