Por todas las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, DECLARA: 1.- SIN LUGAR el recurso de apelación examinado.- 2.- SE CONFIRMA el fallo recurrido, aún cuando con una fundamentación diferente.- 3.- NO HAY LUGAR a condenatoria en costas de la Alzada, en virtud de que este fallo confirma el de primera instancia.- 4.- SE CONDENA en costas del presente proceso a la parte actora, por haber resultado vencida totalmente en él.-
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Noveno Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.- En Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de Febrero de 2011. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Fede.....