CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 28 de enero de 2016, por el abogado ERWING CABRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 80.622, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de enero de 2015, por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA en todas y cada una de sus partes la sentencia apelada.
TERCERO: SE ORDENA la distribución del expediente a los fines de que el tribunal que corresponda conocer dicte la decisión de fondo correspondiente en la presente causa debiendo pronunciarse tanto por la acción principal como por la reconvención propuesta.
CUARTO: SE ORDENA la notificación de las partes en virtud de que el presente fallo fue dictado fuera de lapso.
QUINTO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.