D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte del ciudadano ANTONIO JOSÉ PIÑERO AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-7.454.994, en su condición de representante de la Sociedad Mercantil ALPORCA, C.A., cuya acta Estatutaria, según se desprende de la nota respectiva expedida por el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, asentada bajo el Nº 35, Tomo 253-A en fecha 07 de agosto de 2008, distinguida con el R.I.F J-29632955-9 asistido por el CESAR AUGUSTO DÁVILA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.410.634, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 25.639, con relaci.....