DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 numerales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2°, 3° y 252 numerales 1º y 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los imputados Eliécer Javier Arrieche Gil, titular de la cedula de identidad Nº V-23.814.872 y Maykel José Córdoba Córdoba, titular de la cédula de identidad Nº 22.184.519, plenamente identificados, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRASPORTE PÚBLICO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 357 y 277 respectivamente del Código Penal, para el primero de los mencionados, y ASALTO A UNIDAD DE TRASPORTE PÚBLI.....