Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la codemandada RAIZA PASTORA MORENO VARGAS; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 11 de noviembre de 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda por reivindicación incoada por los ciudadanos FERNANDO JOSE RODRIGUEZ MOTA y JUAN CARLOS RODRIGUEZ MOTA, contra los ciudadanos JOSE LUIS RODRIGUEZ y RAIZA PASTORA MORENO VARGAS; TERCERO: SE ORDENA a los ciudadanos JOSE LUIS RODRIGUEZ y RAIZA PASTORA MORENO VARGAS entregar a los ciudadanos FERNANDO JOSE RODRIGUEZ MOTA y JUAN CARLOS RODRIGUEZ MOTA, el inmue.....