Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró interpuesta tempestivamente la dda.de nulidad ejercida con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, se admitió y se ordenó notificar al FGR, Director Ejecutivo de Auditoría Fiscal de PDVSA, Presidente de PDVSA, CGR y PGR; asimismo, la notificación de los ciudadanos involucrados en el procedimiento administrativo. Igualmente, se ordenó librar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados de conformidad con los arts.80,81 y 82 de la LOJCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, se ordenó dar apertura al cuaderno separado para el trámite de la medida cautelar de suspensión de efectos; y remitir el exp. a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, para fijar la audiencia de juicio de conformidad con el art. 82 de la LOJCA.-