Por la motivación que antecede, Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR CADUCO el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado José Laurencio Álvarez Zárraga, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 213.360, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ ALBERTO ORINOCO VIVAS GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.279.028, contra la Providencia Administrativa Nº 003-2014, de fecha 19 de mayo de 2014, dictada por el Director General de la Policía del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, Francisco Arquímedes Chávez Tovar, y notificada en fecha 18 de junio de 2014, mediante el cual fue destituido del cargo que venia desempeñando como Oficial Jefe en el referido Instituto Policial.