Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 18/03/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Primero del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-R-2015-000180 N° Sentencia : Fecha: 18/03/2015
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
JOSÉ VICENTE LINARES CASTRILLO VS. MGH PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A.
Resumen:
En función de lo anterior, de la revisión de las actas procesales se evidencia que la parte demandante recurrente no hizo acto de presencia por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno al momento de anunciarse la audiencia de apelación por el alguacil respectivo; por lo que resulta forzoso para este Tribunal aplicar las consecuencias previstas en la norma mencionada. Entonces, verificado en autos que la audiencia se fijó conforme a los lapsos indicados por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con suficiente antelación, y estando las partes a Derecho, se declara desistido el recurso de apelación por la incomparecencia del recurrente a la audiencia, confirmándose en todas su partes la sentencia impugnada, ya que la misma no adolece de vicios. Así se decide.-
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-R-2015-000169 N° Sentencia : Fecha: 18/03/2015
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ANTONIO JOSÉ VALERA MEDINA VS. TRANSPORTE D & J, C.A.
Resumen:
De lo anterior se confirma la naturaleza del requisito previsto en la norma y cuál era la naturaleza del legislador de requerir el domicilio de los testigos, no para su notificación, como lo presume el recurrente, sino para complementar su identificación a los fines de que la contraparte pueda controlar los mismos. Por lo expuesto, al no cumplirse con lo previsto en la norma analizada, se declara sin lugar lo denunciado, por lo que se confirma la inadmisibilidad de la prueba de testigos por impertinente, dictada por el Juez de Juicio. Así se declara. Sobre la impugnación efectuada por el recurrente respecto a la admisión de la prueba de exhibición promovida por la contraparte, es importante señalar que, si bien es cierto en el Código de Procedimiento Civil se permite apelar de la inadmisión o admisión de algún medio probatorio (Artículo 402); en la Ley adjetiva laboral no se encuentra prevista dicha situación, ya que el Artículo 76 eiusdem ordena admitir apelación sólo sobre la neg.....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados