Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JAIRO GOMEZ ALVARADO, en contra las co-demandadas INVERSIONES NOS, C.A (RESTAURANT CASA FARRUCO) y solidariamente a la Sociedad mercantil INVERSIONES JVDS, C.A., ( RESTAURANT CASA FARRUCO).- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas