Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION de fecha 13 de marzo de 2025 (folio 164); celebrado en la presente demanda de DESALOJO DE VIVIENDA entre ciudadana DORIS CECILIA LA CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.262.275 y de este domicilio, apoderada judicial abogada AURA ESTELA DIAZ RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 156.123, en contra de la ciudadana MARIANNE HAFLIGER, extranjera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.089.853, debidamente asistida por el defensor Público, abogado NEHOMAR ROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 141.115. en consecuencia, té.....