Se ADMITE la Acusación por los delitos de ROBO AGRAVADO Y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, por cuanto el imputado bajo amenaza de muerte con una arma blanca despojó a la victima de sus pertenencias y su vehículo, así como también declara la pertinencia de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía. No admite las Pruebas de la Defensa. Se ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del Acusado y la Apertura del correspondiente Juicio Oral y Público. Con relación a la Medida Cautelar Sustitutiva solicitada por la Defensa, este Juzgador considera procedente SUSTITUIR la medida judicial de privación preventiva de libertad decretada contra el imputado PEDRO MANUEL PEREZ TARAZONA, por una menos gravosa como lo es una Medida Cautelar Sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido con el artículo 256 ordinales 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en 2.- Someterse a la custodia y vigilancia de un familiar dentro del segundo grado de consaguinidad 3.- Presentación cada .....