Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO interpuesta por el ciudadano HASSAN RASHED HUSEIN AHMAD, contra la ciudadana MAGLLOLY NILIBET MARQUEZ MENDOZA, antes identificados; y en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha 17 de Marzo de 1999, por ante la Prefectura de la Parroquia Bartolomé Salóm del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, según acta N° 28 de la referida fecha.