Firme como ha quedado la decisión dictada por este Tribunal en fecha 30 de enero de 2007, se ordena remitir el presente expediente a su Tribunal de origen, Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, previo cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 16 de febrero de 2011, exclusive, hasta el día 15 de abril de 2011, inclusive. Líbrese oficio. Cúmplase.-