DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenado con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal del imputado: CARLOS ALFREDO ALVARADO SERRADAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.470.931 (no porta), ), natural de esta ciudad, nacido en fecha 01-07-1990, de 20 años de edad, soltero, grado de Bachiller, de profesión u oficio Moto Taxista, hijo de Xiomara Serradas y Carlos Alvarado, residenciado en Barrio LA Apostoleña, Av. Principal, sector 2, casa Nº 2-46, Estado Lara. Tlf. 0251-266258, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias E.....