En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara competente por razón de la materia y del territorio al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, para conocer y decidir la solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento, incoada por el ciudadano JOSÉ HERMES VALERO MEZA, debidamente asistido por la abogada BELKIS ZULAY DURÁN CALDERÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.872. Así se decide.
Queda en estos términos dirimido el conflicto negativo de competencia elevado al conocimiento de este Juzgado Superior.