Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la FUNDACIÓN CENTRO CODAZZI. En consecuencia:
PRIMERO: Se ANULA del acto administrativo SNAT-GGS-GDA-DDT-2011-3714-4715 de fecha 23 de agosto de 2011 (N° de Consulta DCR-5-62.935) Asunto: Ley de Impuesto sobre la Renta, artículo 14 (numeral 10), emanado de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT.
SEGUNDO: Se ordena a la Administración Tributaria otorgar a la FUNDACIÓN CENTRO CODAZZI, la calificación y registro de la exención correspondiente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, conforme a la Sentencia Nº 1238 de la Sala Constitucional del 30-09-2009, Caso: Julián Isaías Rodríguez, el cual fue aceptado por la Sala Político Administrativa en Sentencia N° 113 del 03-02-2010.