I
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE QUERELLADA
En el CAPÍTULO I, identificado como "DEL MÉRITO FAVORABLE DE AUTOS", (...). Al respecto este Tribunal observa que ello no constituye medio de prueba alguno, sino que está dirigido al principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad, ya que el Juez conforme a lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, está en la obligación de analizar y juzgar todos los instrumentos producidos por las partes, sin necesidad de ser promovida. Así se decide.
En el CAPITULO II, "DE LAS DOCUMENTALES" (...) conforme a lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, el Juez está en la obligación de analizar y juzgar todos los instrumentos producidos por las partes, razón por la cual este Juzgado considera que opera sin necesidad de ser promovido, debiendo ser dichas documentales analizadas por este juzgador en la sentencia definitiva. Así se decide.
En relación al documental promo.....