"....declara CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por JUAN ENRIQUE ARENAS PAEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº. V-4.456.956, de profesión abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nª 19.972, actuando en su propio nombre y representación contra la conducta asumida por la Junta de Condominio Residencia Marylú I, situado en el edificio Centro Comercial y Residencial Marilú I, en la Urbanización Prebo, avenida 105, Valencia estado Carabobo. Así se decide."